Jue. Mar 28th, 2024

MADRID, 10 (SERVIMEDIA)

La Asociación Nacional de Inspectores de la Hacienda Pública Local celebró este viernes la «serenidad jurídica» que aporta el rechazo al recurso de inconstitucionalidad sobre el nuevo impuesto de la plusvalía por parte del Tribunal Constitucional.

Es la reacción de esta asociación al aval de Tribunal Constitucional del real decreto-ley 26/2021 que recoge el nuevo diseño del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, más conocido como plusvalía municipal. La antigua plusvalía fue declarada inconstitucional por este tribunal el 26 de octubre de 2021.

Los inspectores consideraron que la norma está justificada «en razones de extraordinaria y urgente necesidad y no infringe los límites materiales que se imponen constitucionalmente a este tipo de normas» y apuntaron que la sentencia «invita a pensar que el Tribunal Constitucional mantendrá idéntico criterio cuando resuelva otro recurso análogo planteado por Vox».

Asimismo, subrayaron que el ponente de esta sentencia ha sido el presidente del Tribunal, Cándido Conde-Pumpido, que ha sido «plenamente consecuente» con el voto particular que formuló a la sentencia 26/2021 que declaraba inconstitucional el antiguo impuesto.

En aquella ocasión, disintió a través de un voto particular, argumentando «la grave repercusión económica para miles de municipios que tiene la adopción de cualquier decisión en torno al impuesto».

Según explicaron desde la asociación, dicha sentencia razonaba que, para que el método objetivo de estimación de la base imponible pudiera considerarse constitucionalmente legítimo, cabía gravar «incrementos medios o presuntos (potenciales)», o bien, «no erigirse en método único de determinación de la base imponible», la opción elegida por el real decreto que acaba de amparar el TC.

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Por otro lado, los inspectores señalaron que queda aún por conocerse la decisión que adoptará el Tribunal Supremo sobre la entrada en vigor de los efectos de la declaración de inconstitucionalidad de la plusvalía municipal.

Concretamente, el Alto Tribunal delibera si dicha inconstitucionalidad debe aplicarse desde el 26 de octubre de 2021, fecha en que se dictó la sentencia, o desde el 25 de noviembre de ese mismo año, cuando fue publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE).